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| Parlamento Europeo |
El
acuerdo alcanzado por los Estados miembro de la UE el pasado mes de diciembre se
hizo oficial este martes al ser aprobado en pleno por el Parlamento Europeo.
Dicho acuerdo, ya ratificado, establece una pena mínima de cuatro años de
cárcel para los banqueros o inversores que abusen de información privilegiada o
manipulen intencionadamente el mercado. La medida será de aplicación en toda la
Unión Europea, para cualquier estado en el que suceda el hecho condenable.
Hasta
el momento las distintas formas de concebir estos delitos en los distintos Estados
miembros conllevaban también diferente castigo, lo que facilitaba el abuso de
mercado transfronterizo permitiendo a los defraudadores elegir ventajosamente
el país o estado donde delinquir, aprovechando la oportunidad de una pena
menor. Con objeto de acabar con estas diferencias, la nueva norma obligará a
todos los Estados miembros a establecer una pena no inferior a cuatro años de
cárcel para los casos más graves de abuso de información privilegiada o
manipulación de mercado y de dos años por revelación indebida de información.
Quienes ayuden, instiguen o aconsejen perpetrar tales acciones también serán
sancionados penalmente.
Estas
nuevas medidas buscan recuperar la confianza en los mercados financieros de la
Unión Europea y reforzar la protección del inversor.
Los Estados contarán con
un plazo de dos años para integrar la norma en sus legislaciones nacionales,
disponiendo además de libertad para imponer penas superiores a los cuatro años
mínimos establecidos. El objetivo en cualquier caso es que escándalos como el
del Líbor o el del Euribor no se vuelvan a repetir.

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